Varapalo de la Audiencia Provincial al juez Zamarriego por proteger a Martín Blas en el caso Nicolás

Martín Blas
El comisario Marcelino Martín Blas (Foto: OKDIARIO).

Según ha podido saber OKDIARIO, la Audiencia Provincial de Madrid ha anulado el auto del juez que instruía el «caso Nicolás», Arturo Zamarriego, donde rechazaba apartar al comisario Marcelino Martín Blas y al inspector Rubén López de la investigación.

La petición fue realizada ante el Juzgado de Instrucción nº 2 de Madrid por el fiscal del caso, Alfonso San Román, y por otros investigados, entre ellos, el comisario José Villarejo y el propio Francisco Nicolás.

En el auto emitido el pasado 10 de marzo por la Sección Primera de la Audiencia Provincial, al que ha tenido acceso este diario, se afirma que «la decisión de apartamiento no corresponde a los Jueces, Tribunales o Ministerio Fiscal; sino a la autoridad administrativa, como puede ser en caso de recusación, que es lo que se suscita en el recurso, y que en ausencia de norma específica, salvo error de este tribunal, se rige por el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común».

«En consecuencia», señala el auto, «careciendo el Juzgado de competencia para decidir sobre la separación por recusación del comisario de Policía don Marcelino Martín Blas y del inspector don Rubén Eladio López debe anularse la decisión recurrida, sin perjuicio del derecho de las partes a plantearla en vía administrativa». 

Es decir, deja en manos de la propia Policía el efímero futuro como investigador de Martín Blas en la causa, ya que está previsto que el comisario se jubile en la próximas semanas.

Auto de la Audiencia Provincial de Madrid anulando el auto del juez Arturo Zamarriego.
Auto de la Audiencia Provincial de Madrid anulando el auto del juez Arturo Zamarriego.

La resolución de la Audiencia Provincial de Madrid se hace pública paradójicamente después de que el propio Martín Blas presentara un escrito en el Juzgado pidiendo él mismo ser apartado de la investigación para poder personarse como acusación particular en el caso.

También volvía a solicitar la imputación de 6 periodistas y 6 policías aludiendo a «la connivencia de concretas autoridades policiales y personas relacionadas con determinados medios de comunicación en la interceptación, manipulación y difusión» de la conversación que mantuvo con miembros del CNI en las sede de Asuntos Internos.

 

El fiscal pidió apartar a Martín Blas

El fiscal del caso, Alfonso San Román, ha solicitado en numerosas ocasiones al juez Zamarriego que Martín Blas fuera apartado de la investigación y que la Comisión Judicial que encabezaba «fuera disuelta». Sin embargo, el juez se negó a dicha peticiones lo que llevó al fiscal a plantear que el propio juez «fuera apartado» del caso.

Zamarriego, tal y como desveló este diario, tomará posesión de su nuevo cargo en la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid en los próximos días.

En diciembre, San Román denunciaba que «el mantenimiento de estos funcionarios al frente de la investigación contraviene un proceso con todas las garantías, siendo una de ellas la imparcialidad de los investigadores»

El pasado mes de enero, el fiscal San Román llegó a declarar nulas 14 intervenciones telefónicas practicadas al comisario José Villarejo, investigado en el caso y su entorno familiar y empresarial. La nulidad afectaba a líneas telefónicas pertenecientes al propio Villarejo, su esposa, su hijo, así como a diferentes sociedades vinculadas con el comisario.

Estas escuchas solicitadas por Martín Blas y autorizadas por el juez Zamarriego se realizaron en el marco de la pieza II, donde se investiga la grabación y difusión en los medios de comunicación de una reunión secreta mantenida por Martín Blas en la sede de Asuntos Internos de la policía el 20 de octubre de 2014 junto a dos agentes del CNI y otros dos inspectores de policía.

San Román destacaba que «ninguno de los autos de intervención de comunicaciones tiene una motivación individualizada» y que la Comisión Judicial que encabeza Martín Blas «no menciona, ni justifica las razones» y por tanto, la autorización judicial «es nula por falta total de motivación». «No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violentando los derechos fundamentales», aclaraba el representante de la Fiscalía.

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